Wednesday, December 21, 2011

{LosCuellar.com.mx 1296} Re: [Genealogía de México] 30556 28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana

El acta de independencia con la que se erigió México como país libre y soberano se escribió y firmó en la ciudad de México el 28 de septiembre de 1821.

De esta acta se envió una copia al Partido de Parras, cuya jurisdicción comprendía por entonces prácticamente toda la Comarca Lagunera de Coahuila. El 6 de octubre de 1821, la Soberana Junta Provisional Gubernativa dio algunas instrucciones para la jura de la independencia, particularmente para aquellos lugares alejados a la ciudad de México.

 

            Decretos:

1.- Que el juramento y solemne proclamación de la independencia de este Imperio se verifique en esta capital el día veinte y siete del corriente octubre (1821) y en las demás ciudades que no la hayan proclamado, dentro de un mes después de recibida la orden que se les comunique. 

2.- Que para el día señalado concurran en la mañana a los ayuntamientos para mayor solemnidad del acto, dos individuos nombrados por cada uno de los tribunales y corporaciones de la ciudad respectiva y presididos los ayuntamientos por el jefe político donde lo haya, y por el alcalde donde no, otorguen individualmente el juramento debido bajo esta fórmula:

 

"¿Reconocéis la soberanía de este Imperio representada por su Junta Provisional Gubernativa?" "Sí, reconozco". "¿Juráis obedecer sus decretos, observar las garantías proclamadas en Iguala por el Ejército del Imperio Mexicano con su Primer Jefe, los tratados celebrados en la villa de Córdoba, y desempeñar fielmente vuestro encargo en servicio de la nación?"  "Sí, juro". "Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, os lo demande".

 

3.- Que antes de hacer este solemne juramento, se lea en los ayuntamientos la acta de la Soberana Junta de este Imperio declaratoria de su independencia, el Plan de Iguala y Tratados de Córdoba.

 

4.- Que en la tarde del día prefijado, se haga con la mayor solemnidad posible por las calles que elijan, el paseo a pie previo a la proclamación hasta llegar a la plaza mayor, donde en un tablado elevado y adornado al intento, se haga por el alcalde de primera elección, a nombre del pueblo, la proclamación en la forma y con la magnificencia que se hacían antes las juras de los reyes.

 

5.- Que el día siguiente haya una magnífica función para dar gracias al Todopoderoso.

 

6.- Que los ayuntamientos se manejen con toda la economía que no dañe la magnificencia de un acto tan augusto.

 

7.- Que en el tiempo intermedio los Tribunales, Oficinas y Corporaciones otorguen en su mismo tenor privada y particularmente, el juramento debido bajo la fórmula expuesta, a manos de sus presidentes o jefes, quienes lo deberán prestar de antemano en un mismo día ante el jefe político después que éste lo haya prestado en las de la Regencia del Imperio.

 

8.- Que de los actos solemnes del juramento y proclamación que se hicieren en consecuencia de las disposiciones precedentes, se remitan testimonios a la Regencia del Imperio y ésta los pase a la Soberana Junta, quedando en la Secretaría del Despacho la correspondiente noticia para exigir los que faltaren. Tendrálo entendido la misma Regencia para disponer lo necesario a su cumplimiento y hacerlo imprimir, publicar y circular. México 6 de octubre de 1821, primero de la independencia de este Imperio.1

 

Durante la mayor parte del siglo XIX, la cabecera del Partido y las poblaciones de su jurisdicción celebraron los días 15, 16 y 27 de septiembre como días patrios. El 15 y 16 en honor a los iniciadores del movimiento insurgente de 1810, y el 27 por ser el aniversario de la consumación de la independencia y cumpleaños de Iturbide.2

 

Nunca hubo dudas del extraordinario papel que Agustín de Iturbide había desempeñado en la consumación de la independencia. El Himno Nacional Mexicano —en su versión larga u original— le dedicaba una mención muy honorífica. A finales del siglo XIX, el gobierno federal le dedicó una medalla o proclama de plata en el primer centenario de su nacimiento.

 

Agustín de Iturbide. 27 de setiembre de 1883

 

La naciente villa y ciudad de Torreón le dedicó al libertador Iturbide una de sus principales avenidas,  la que daba a la estación de ferrocarril y a la estación del ferrocarril eléctrico o tranvía, la cual corría de oriente a poniente. Todavía en 1948 esta avenida llevaba el nombre del libertador, pero en ese año, un militar admirador del Varón de Cuatro Ciénegas solicitó al cabildo de la ciudad el cambio de nombre por el de avenida Venustiano Carranza.  El cabildo aceptó y se verificó el cambio.3 Legislaciones nacionales de la época de los setentas han tratado de cambiar la historia en base a decretos.  Torreón, a punto de cumplir su primer centenario como ciudad, tiene una deuda histórica con este extraordinario militar y consumador de nuestra independencia nacional. No existe en la actualidad una sola calle o monumento que recuerde su gesta gloriosa, principio de nuestra nación.

 

 

Transcripción del acta de independencia de México

 

"Acta de yndependencia del Ymperio Mexicano

 

Al margen: "Villa del N(ombr)e de Dios. S(an) Fran(cis)co del Mezq(uita)l. S(an) Pedro de Chalchihuites. S(an) Andrés del Teul. Sombrerete. Conv(en)to de S(an)to D(o)m(ing)o. Yd(em) de S(a)n Fran(cis)co del mismo. Nieves y Ríogrande. S(an) Juan del Mezq(uita)l. S(an) Mig(ue)l del Mezq(uita)l. S(an) Diego del Ojo. Cuencamé. Cinco S(eño)r(e)s. Mapimí y Gallo. S(an) Juan de Cast(a). Alamo de Parr(a)s. Parras". 

 

Al centro: "Acta de yndependencia del Ymperio. La nación Mexicana, q(u)e p(o)r trescientos años ni ha tenido voluntad propria, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opreción en q(u)e ha bibido =  Los heróicos esfuerzos de sus hijos han cido coronados y está consumada la empresa eternam(en)te memorable, q(u)e un genio superior a toda admiración, elogio, amor y gloria de su patria, principió en Yguala, promovió y llevó al cavo arrollando (obstáculos) casi insuperables   Restituída pues esta parte del septentrión al exercicio de quantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza, y reconocen p(o)r inenagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituírse del modo q(u)e más combenga a su felicidad y con representantes q(u)e puedan manifestar su voluntad y sus designios, comienza a hazer uso de tan preciosos dones y declara solemnem(en)te p(o)r medio de la Junta Suprema del Ymperio q(u)e es nación soberana, i independ(ien)te de la antigua España con quien en lo suzecibo no mantendrá otra unión q(u)e la de una amistad estrecha en los términos q(u)e presqu(r)ibieren los tratados, q(u)e entablará relación(e)s amistosas con las demás potencias executando respecto de ellas quantos actos pueden y están en posesión de executar las otras Naciones soveran(a)s, que va a constituírse con arreglo a las leies q(u)e en el Plan de Yguala y Tratado de Córdova estableció saviam(en)te el Primer Gefe del Exército Ymperial de las tres garantías; y en fin, q(u)e sostendrá en todo trance y con el sacrificio de los haberes y vidas de sus indibiduos (si fuere necesario) esta solemne de(c)laración echa en la Capital del Ymperio a 28 de septiembre de 1821, primero de la Yndependencia Mexicana. = Agustín de Yturbide = Ant(oni)o Ob(is)po de la Puebla = Juan O´Donojú = Manuel de la Bárcena = Matías Monteagudo = Ysidro Yáñez = Lic. Juan Fran(cis)co de Azcárate = Juan Jose Espinoza de los Monteros = Jose Ma. Fagoaga = Jose Miguel Guridi y Alcocer = el marqués de Salvatierra = el conde de Casa de Heras Soto Juan Bautista Lobo = Fran(cis)co Man(ue)l S(anc)hez de Tagle = Ant(oni)o de Gama y Córdoba = Jose Manuel Sartorio = Manuel Velázquez de León = Manuel Montes Argüelles = Manuel de la Sota Riva = el marqués de San Juan de Rayas = Jose Ygn(aci)o García Yllueca = Jose Ma. Bustam(an)te = Jose Manuel Servantes de la Cadena = Juan de Orbegoso = Nicolás Campero = el conde de Jala y de Regla = Jose Ma. De Echeverz y Valdivielso = Manuel Martínez Mancilla = Juan Bautista Paz y Guzmán = Jose María de Jáuregui = Jose Rafael Suárez Pereda = Anastacio Bustamante = Ysidro Ygn(aci)o de Ycaza = Juan Jose Espinosa de los Monteros vocal secretario = Vocal secretario."       

 

Fuente: Archivo Histórico del Colegio de San Ignacio de Loyola en Parras (María y Matheo). Expediente 456.        

 

 

 

Notas

 

1.- Archivo Histórico del Colegio de San Ignacio de Loyola de Parras (María y Matheo). Expediente 456. Copia en la Universidad Iberoamericana Torreón.

2.- Ibíd. Expediente 462.

3.- Instituto Municipal de Documentación de Torreón. Actas de Cabildo. Acta 745. Fojas 105-v a 107-v. 28 de octubre de 1948.

 
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(desde mi SmartPhone)
Benicio Samuel Sanchez
Genealogista e Historiador Familiar

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"Haz tu Arbol Genealogico...El Arbol mas Hermoso de la Creacion"
Por medio de la historia familiar descubrimos el árbol más hermoso de la creación: nuestro árbol genealógico. Sus numerosas raíces se remontan a la historia y sus ramas se extienden a través de la eternidad. La historia familiar es la expresión extensiva del amor eterno; nace de la abnegación y provee la oportunidad de asegurarse para siempre una unidad familiar".
(Élder J. Richard Clarke, Liahona julio de 1989, pág.69)



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